Enfermedades limitantes para conducir.

NUEVA LEY DE TRÁFICO 2022
marzo 29, 2022
CERTIFICADO MÉDICO PARA LA TENENCIA DE ANIMALES PELIGROSOS
abril 13, 2022
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Enfermedades limitantes para conducir.

Existen una serie de enfermedades que requieren una atención especial pues se pueden asociar a eventos agudos durante la conducción o a una disminución de las capacidades psicomotoras. En estos casos se requiere presentar para el reconocimiento médico, tanto para la obtención como para la renovación, un informe de su médico de cabecera donde se detalle la enfermedad que padece, el estado de control o la evolución de la misma, así como el tratamiento actual.

Renales: trasplante renal (se puede renovar el permiso si han pasado más de seis meses desde la intervención); nefropatía con diálisis (un informe favorable emitido por los médicos puede dar vigencia entre 1 a 10 años)

Oncológicas: dolencias oncológicas (se podrá renovar la licencia entre 1 y 5 años si no existen dolencias); trastornos oncohematológicos (sin dolencias graves durante, mínimo tres meses, se puede renovar hasta un año).

Vasculares: aneurisma de grandes vasos (solo se podrá renovar entre 1 y 10 años si no hay riesgo de rotura de vasos); disección (renovación entre 1 y 2 años si pasan seis meses desde la operación quirúrgica).

Psiquiátricas: Si no existe informe médico favorable, los conductores con estas enfermedades tienen prohibido conducir: delirium, demencias, trastornos de ansiedad, trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad, ansiedad y depresión, trastorno del sueño, trastorno obsesivo compulsivo, trastorno del desarrollo intelectual, TDH, abuso y dependencia del alcohol y/o de las drogas

Crónicas y degenerativas: Alzheimer, esclerosis lateral amiotrófica, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, temblor esencial, esclerosis múltiple, distrofia muscular, osteoporosis, Parkinson, artritis reumatoide.

Endocrinas: Hipotiroidismo y paratiroides (solo podrá renovarse el carnet entre 1 y 10 años con informe favorable) y diabetes mellitus insulinodependiente (tras informe favorable, la renovación puede ser entre 1 y 5 años)

Cardiacas: arritmias (la pérdida de atención inhabilita para la conducción), infarto agudo de miocardio (debe transcurrir mínimo tres meses desde el suceso para poder renovar el permiso), portadores de prótesis valvulares (mismo caso que con el infarto), portadores de marcapasos o de desfibrilador automático (hasta tres años de vigencia una vez haya pasado un mes desde la colocación y haya informe favorable).

Respiratorias: apneas de sueño (solo se podrá ampliar el carnet durante 3 años bajo esta dolencia y exista un informe favorable del médico) y disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve (sin posibilidad de renovar).

Neurológicas: accidente isquémico transitorio (se puede ampliar un año la licencia si hay un informe favorable), crisis o pérdida de conciencia (imposibilidad de renovar si se ha dado en el último año), epilepsia (si es la primera vez que ocurre o más de un año sin episodios, un informe favorable podrá dar vigencia al carnet entre 1 y 10 años).